QUADRENNIAL PERIODIC REPORT ANNEXES - Unesco
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INDEX Annex 1: Table of policies, measures and initiatives of public institutions Annex 2: Table of policies, measures and initiatives of guilds, academy and civil society Annex 3: Graphics Annex 4: Emergency Decree that promotes the cinematographic and audiovisual activity Annex 5: Extraordinary Emergency Decree that establishes incentives for reading and book promotion Annex 6: Regional Council of Quechua Language and Culture of Ancash Annex 7: Creation and Implementation of the Regional Council for Culture, Languages and Interculturality Annex 8: Culture Points Annex 9: Huamanga's Provincial Culture Plan 2018-2030 Annex 10: Art-based Learning - “Orquestando” and “Expresarte” Annex 11: Living Community Culture Program Annex 12: Creative Freedom - Programs addressed to populations deprived of liberty Annex 13: National Policy for the Mainstreaming of the Intercultural Approach Annex 14: Amendment to Law No. 28131 - Performing Artist's Law Annex 15: Working Group for Gender Equality Annex 16: Peruvian Alliance of Cultural Organizations (APOC) Annex 17: Gender Equality Policies for Teaching and Guide for Teaching Performing Arts with a Gender Perspective and Protocol in Cases of Sexual Harassment Annex 18: Additional statistics on cultural consumption and participation in cultural activities
Annex 1: Table of policies, measures and initiatives of public institutions Contains the systematization of policies, measures and initiatives reported by public institutions. This table includes several variables for the analysis of data. Financial Policy, measures Interinstitution Part of Specific Dig Finan Monitoring Institutio Sector T Stakeholder Yo resource Evalua and al valu Cultural ital cial area n i s ut s per year tion initiatives collaboratio e Domains con resou m h e n chai tent rces n Objecti ve 1 Ministry of Education, Ministry of Emergency Decree Foreign Affairs, that promotes the Ministr Cinema/Audiovi Inter 1 Cultural policies Public 2019 - 1 National Institute The entire Y N $7,636,363. a cinematographic y of Public sual nal YEAR of Radio and value E O 63 n and audiovisual Cult sector Arts evalua Television chain S u activity ure al tion (IRTP) and Peru Export and Tourism Promotion Agency (PROMPERÚ) Ministry of Education, National Extraordinary Library, Emergency Decree Ministr Ministry of Inter 2 Cultural policies that establishes Public 2019 - 1 The entire Publishing N N $4,848,000. a y of Public Economy and nal incentives for YEAR value O O 00 n Cult sector Finance amd evalua reading and book chain u ure National al tion promotion Superintenden ce of Customs and Tax Administration (SUNAT) Economic Ministr Cultural and Inter 3 Cultural policies Public 2019 - 1 The entire N N $7,353,074. a Incentives for y of Public creative nal YEAR value O O 00 n Culture Cult sector sectors evalua chain u ure al tion Regional Directorate of Education for Metropolitan Lima, Art and Culture Unit The Art at Ministr - MINEDU, Education Cultural and 4 Cultural policies Public 2016 - 4 N Y $6,042.30 a N School Program y of Public UGEL and creative YEARS O E n O – PASE Cult sector Cajamarca, training sectors S u ure Subdirectorate al of Education for the Regional Government of La Libertad and Los Andes de Cajamarca Association Non-sporting Ministr 1990 - 30 Cultural and 5 Cultural policies Public Promotion N N N Cultural Public y of YEARS Public creative and O O O Show” Rating Cult sector sectors distributio ure n General Ministr Cultural and 6 Cultural policies Directorate of Public 2012 - 8 The entire N N $13,982,54 a Y y of Public creative Cultural Industries YEARS value O O 7.47 n E Cult sector sectors and Arts chain u S ure al
Ruraq Maki, Ministr 2007 - 13 Cultural and Inter 7 Cultural policies Public Promotion Y N Hecho a y of YEARS Public creative nal and E O Mano. Cult sector sectors evalua distributio S ure tion n Decentralized Directorates of Culture, Ministr Public and Education Cultural and Inter 8 Cultural policies ‘CONECTA’ Public 2014 - 6 Selvámonos and N N $11,782.50 2 y of private and creative nal Meeting YEARS Antenor Orrego O O 0 Cult sector training sectors evalua Private 1 ure 9 tion University (UPAO) Regional Council Regional Cultural and 9 Cultural policies of Quechua Government Public 2019 - 1 The entire N N N Public creative Language and of Ancash YEAR value O O O sector sectors Culture of Ancash chain Ministr Public and Cultural and Inter 1 Digital Cultura24.tv Public 2015 - 5 Access N N $10,479.00 a y of private creative nal 0 environment YEARS and O O n Cult sector sectors u evalua participa ure al tion tion National Council of Cinematograp hy of Bolivia - CONACINE, National Council of Cinematography of Ecuador - Ministr CNCINE, Cinema/Audiovi Inter 1 Digital Retina Latina Public 2016 - 4 Promotion N N $15,299.40 a y of Public sector Mexico's sual nal 1 environment YEARS and O O n Cult Institute of Arts u evalua distributio ure Cinematography al tion n - IMCINE, National Institute of Cinema and Audiovisual of Uruguay - ICAU and Directorate of Cinematography of the Ministry of Culture of Colombia (coordination and technical secretariat) Co-financing for Ministry Cultural and 1 Digital innovative Public 2013 - 7 The entire Y N $60,422.90 N of Public sector creative 2 environment ventures - Start YEARS value E O O Productio sectors S Up Perú chain n Independent “La Partnering with Ministr Civil society Publishers Inter 1 Independiente” Public 2017 - 3 Promotion Publishing Y N $31,641.80 a civil society y of Association of nal 3 Peruvian YEARS and E O n Cult Peru (EIP) evalua Publishers Fair distributio S u ure al tion n Regional Government of Junín, Provincial Municipalities of Huancayo, Chupaca, Creation and Concepción, Implementation Decentraliz Partnering with Public, private Jauja, Yauli-La Cultural and 1 of the Regional ed Public 2018 - 2 The entire N N $15,000.00 a N civil society sector and civil Oroya, Tarma, creative 4 Council for Directorate YEARS value O O n O society Junín, sectors Culture, of Culture of chain u Chanchamayo Languages and Junín al and Satipo, Interculturality Collectives/organ izat ions, cultural agents of each province and private sector (Open Plaza, NGOs)
Provincial Municipality of Cusco, Provincial Municipality of Santiago, Provincial Municipality of San Jerónimo, Comunicación Decentralize Audiovisual Partnering with “CINESUYU” Public sector Cinema/Audiovi 1 d Public 2011 - 9 Riqchari, Promotion Y N $105,421.7 2 Y civil society Cusco and civil sual 5 Directorate YEARS Ruwashaycu and E O 0 0 E Film Festival society Arts of Culture of Comunicaciones distributio S 1 S Cusco , Asociación n 9 Cultural Simbiontes, Charly Quispe & Co. , Microcines Chaski, Asociación Cultural Lagaña de Perro, Centro Cultural de Danza y Música P’ allchay and Asociación Pukllasunchis Objectiv e2 Ministry of Flow of cultural Foreign Cultural Ministry 2003 - 17 Public, private Cultural and 1 Public Economy and Promotion N N N goods and Policy of Foreign YEARS sector and civil creative 6 Finance and and O O O services Plan Affairs society sectors Ministry of distributio Culture n
Ministries of Treaties Ibero-American Ministr 1998 - 22 Cultural and Inter 1 Public Culture of the The entire N N $150,000.0 a and Cooperation y of YEARS Public creative nal 7 parties that value O O 0 n agreem Programs Cult sector sectors evalua belong to the chain u ents ure al tion cooperation program Objetive 3 National Public Ministr Local and Education Cultural and Inter 1 sustainable Management Public 2018 - 2 N N $1,020.00 2 y of Public regional and creative nal 8 development Meeting on YEARS O O 0 Cult sector municipaliti training sectors evalua policies and Cultural 1 ure es 9 tion plans Industries and Arts National Ministr Cultural and 1 sustainable Culture Points Public 2011 - 9 Promotion Y Y $125,000.0 a Y y of Public creative 9 development YEARS and E E 0 n E Cult sector sectors policies and distributio S S u S ure al plans n British Council (2015- 2020) , Cultural Center of Spain (2017), National Audience-oriented Public and Ministr Public, private Cultural and Inter 2 sustainable Area of the Grand Public 2018 - 2 private Access Y N $281,782.3 a y of sector and civil creative nal 0 development National Theater YEARS educational and E O 0 n Cult society sectors S u evalua policies and institutions, participa ure al tion plans National tion University of San Marcos (UNMSM), Senior citizen programs, CIAM, CAM, Municipality of San Borja and CONADIS GORE (Regional Governments), National Decentraliz Junín's Public, private Local Cultural and 2 sustainable ed Public 2018 - 2 The entire N N N Regional sector and civil Governments, creative 1 development Directorate YEARS value O O O Culture society Decentralized sectors policies and of Culture of chain Plan Directorate of plans Junín Culture of Junín and Cultural Organizations Awareness raising National National and attention to Institute of Public and Ministry of Cinema/Audiovi 2 sustainable prioritized Public 2016 - 4 Access Y Y $1,105,711. 2 N Radio and private Foreign sual 2 development populations YEARS and E E 93 0 O Television of sector Affairs Arts S S 1 policies and (youths and participa Peru (IRTP) 9 plans children, originary tion peoples) Ministry of the Interior, Ministry of Education, National Institute of National Statistics and Ministry of Public, private Cultural and 2 sustainable Safe Neighborhood Public 2017 - 3 Informatics, Access N N $5,369,221. a Y the sector and civil creative 3 development YEARS Ministry of and O O 00 n E Interio society sectors policies and Health, Ministry participa u S r al plans of Development tion and Social Inclusion, Ministry of Labor, Ministry of Culture, INPE, Public Prosecutor's Office andMinistry of Justice
Metropolitan Management National National Municipality of and Promotion Cultural and 2 sustainable Penitentiar Public Lima and Access N N $147,058.0 Y of Art and Public creative 4 development y Institute Ministry of and O O 0 E Culture in the sector sectors policies and (INPE) Education participa S Prison plans tion Treatment National Metropolitan Community Public sector Cultural and 2 sustainable Municipality Public 2013 - 7 The entire Y N $203,724.4 a N Living and civil creative 5 development of Lima YEARS value E O 4 n O Culture society sectors S u policies and chain Program al plans National Huamanga's Provincial Decentralized Cultural and 2 sustainable Provincial Culture Municipali Public 2018 - 2 Directorate of The entire N N $9,929.29 N Public creative 6 development Plan 2018- ty of YEARS Culture of value O O O sector sectors policies and 2030 Huamang Ayacucho chain plans a
Regional Directorates of Education, Local Educational National Art-based Learning Ministr Management Education Cultural and 27 sustainable - “Orquestando” Public 2017 - 3 N Y $3,323,497. a N y of Public Units (UGEL) and creative development and “Expresarte” YEARS O E 87 n O Educa sector and training sectors policies and S u tion Management al plans Teams of Targeted Educational Institutions (IIEE) National Penitentiary Institute (INPE), Youth Centers' Creative Freedom - National National Programs Ministr Cultural and 28 sustainable Public 2014 - 6 Program Access N N $18,804.02 a N addressed to y of Public creative development YEARS (PRONACEJ) of and O O n O populations Cult sector sectors policies and the Ministry of participa u deprived of liberty ure al plans Justice and tion Human Rights and Pontifical Catholic University of Peru (PUCP) National PAIS Program of the National Vidéothèqu Ministr Public sector Ministry of Education Cultural and 29 sustainable Public 2014 - 6 Y N $2,000.00 2 Y e of y of and civil Development and creative development YEARS E O 0 E Cultures Cult society and Social training sectors S 1 S policies and (VDC) ure Inclusion and 9 plans Ministry of Education Public authorities, officers and workers of the three levels of government, National Intercultural Ministr Public, private Indigenous Education Cultural and 30 sustainable Public 2015 - 5 Y N $13,437.59 2 N Resources y of sector and civil organizations, and creative development YEARS E O 0 O Center (CRI) Cult society associations training sectors policies and S 1 ure and federations, 9 plans Afro- Peruvian organizations, Educational, cultural and artistic entities and Civil society Public authorities, National National Policy for Ministr Public, private officers and Cultural and 31 sustainable the Public 2015 - 5 The entire N N $333,043.7 2 N y of sector and civil workers, and creative development Mainstreaming of YEARS value O O 3 0 O Cult society indigenous sectors 1 policies and the Intercultural chain ure peoples and 9 plans Approach Afro- Peruvian population organizations Objective 4
Volunteers organized for the recovery of Working Group National the María Cultural and 32 Gender equality Public 2019 - 1 The entire N N N for Gender Library Jesús creative YEAR value O O O Equality of Peru Alvarado's sectors chain Archives kept in the Flora Tristán Center for Peruvian Women. Amendment to Law Ministr Public and Cultural and 33 Artistic freedom No. 28131 - Public Ministry of The entire N N N y of private creative Performing Artist's Labor value O O O Cult sector sectors Law chain ure
Annex 2: Table of policies, measures and initiatives of guilds, academy and civil society Contains the systematization of policies, measures and initiatives reported by guilds, the academy and civil society. This table includes several variables for the analysis of data. Financial Policy, measures Interinstitution Part of Specific Digital Financial Monitoring Institu Se T Stakeholder Youth resource Evaluati and al value Cultural conten resources area tion cto i s s per year on initiatives r m collaboratio chain Domains t e n Objecti ve 1 Alternative Book Cultural and 1 Cultural policies ANTIFIL Guilds 2016 - 4 Promotion Y Y Fair - creative YEARS and E E ANTIFIL sectors distributio S S n Universit y of Piura Education Cultural and 2 Cultural policies Institutionalization (UDEP) Academ 2008 - 12 Y Y and creative of culture in the and y YEARS E E training sectors academy Pontifical S S Catholic Universit y of Peru (PUCP) Development of SERVINDI - the local and Intercultura Cultural and 3 Public service Civil Promotion Y N regional network l creative media society and E O of indigenous Communica sectors S distributio communicators tion n Services Peruvian Alliance Partnering with Cultural and 4 of Cultural APOC Civil 2017 - 3 The entire Y N civil society creative Organizations society YEARS value E O sectors S (APOC) chain Policy to promote Independ Partnering with associativity and 5 ent Guilds 2014 - 6 The entire Publishing Y N civil society coordination for Publishe YEARS value E O advocacy S rs of chain Peru (EIP) Survey to Partnering with Production 6 professional game IGDA Perú Guilds 2019 - 1 Media Arts Y N civil society and developers and YEAR E O manageme final report S nt Objectiv e2 Flow of cultural PUCP Cultural and 7 Lima Film Guilds 1996 - 24 Promotion Y N goods and Cultural creative Festival YEARS and E O services Center sectors distributio S n
British Cultural Center, Cultural Center of Universidad del Pacífico, FAE LIMA (Lima Flow of cultural Public and Cultural Promotion 8 Performing Arts FAE Guilds 2017 - 3 Performing Y N goods and private Center of the and Festival) YEARS Arts E O services sector Pontifical distributio S Catholic n University of Peru, Cultural Center of the University of Lima, ‘La Plaza’ Theater and Grand National Theater of Peru Asociación "Rafael Santa Repercuté, Flow of cultural Cruz" and Entretenimi Civil society Cultural and 9 Civil 2007 - 13 Promotion Y Y goods and "Arguedas for the ento creative society YEARS and E E services World" Afrocultural sectors distributio S S International and n Festivals National School of Folklore Objetive 3 National Producing Education Cultural and 1 sustainable CEDET Civil 2000 - 20 N N Knowledge and creative 0 development society YEARS O O from within training sectors policies and plans National National Pluralism and Education Cultural and 1 sustainable Higher Academ Y Y diversity in the and creative 1 development Autonomou y E E artistic education training sectors policies and s School of S S plans Fine National Cultural Cultural and 1 sustainable Development: University Academ Production N N creative 2 development Cultural of Piura y and O O sectors policies and Governance (UDEP) manageme plans Program nt Objectiv e4 Association of Association Promotion 1 Artistic freedom Guilds 2018 - 2 Visual Arts Y N Curators of of Curators and 3 YEARS E O Peru of Peru distributio S n Gender Equality Policies for Pontifica Teaching and l Cultural and 14 Gender Guide for Teaching Academ 2015 - 5 The entire Y NO Catholic creative equality Performing Arts y YEARS value E Universit sectors with a Gender chain S y of Peru Perspective and (PUCP) Protocol in Cases of Sexual Harassment Festival Made Festival Promotion Cinema/Audiovi 15 Gender Civil 2018 - 2 Y NO by Women Made by and sual equality society YEARS E Women distributio Arts S n
Annex 3: Graphics Set of graphs obtained from the information included in the previously shared tables (Annex 1 and 2) Objective 1: Support sustainable systems of governance for culture Objective 2: Achieve a balanced flow of cultural goods and services and increase the mobility of artists and cultural professionals Objective 3: Integrate culture in sustainable development frameworks Objective 4: Promote human rights and fundamental freedoms
Annex 4: Emergency Decree that promotes the cinematographic and audiovisual activity Emergency Decree N° 022-2019 is a normative framework issued by public sector to promote the integral and sustainable development of activities related to cinematographic and audiovisual sector.
Firmado Digitalmente por: EDITORA PERU Fecha: 08/12/2019 06:02:29 El Peruano / Domingo 8 de diciembre de 2019 NORMAS LEGALES 3 Las actividades cinematográficas y audiovisuales son de PODER EJECUTIVO interés público, social y cultural. Artículo 2.- Finalidades DECRETOS DE URGENCIA Son finalidades de la presente norma: DECRETO DE URGENCIA a. Promover e impulsar de manera integral y Nº 022-2019 descentralizada la actividad cinematográfica y audiovisual, asegurando su calidad, crecimiento y competitividad comercial. DECRETO DE URGENCIA QUE PROMUEVE LA b. Fomentar y salvaguardar la diversidad de ACTIVIDAD CINEMATOGRÁFICA Y AUDIOVISUAL expresiones culturales del país a través de la actividad cinematográfica y audiovisual. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA c. Estimular la educación en el Perú, así como el intercambio de conocimientos, experiencias en torno a, CONSIDERANDO: y a través de, la actividad cinematográfica y audiovisual. d. Promover, difundir y preservar las obras Que, de conformidad con el artículo 135 de la cinematográficas y audiovisuales peruanas, como Constitución Política del Perú, durante el interregno expresiones artísticas y creativas que contribuyen al parlamentario, el Poder Ejecutivo legisla mediante desarrollo de la cultura, así como al reconocimiento de la decretos de urgencia, de los que da cuenta a la Comisión pluralidad étnica y cultural de la Nación. Permanente para que los examine y los eleve al Congreso, e. Fomentar la investigación y el estudio del lenguaje una vez que este se instale; cinematográfico y de los medios audiovisuales, así Que, mediante Decreto Supremo N° 165-2019- como de las ciencias y tecnologías cinematográficas y PCM, Decreto Supremo que disuelve el Congreso de audiovisuales. la República y convoca a elecciones para un nuevo f. Garantizar la libre circulación de las obras Congreso, se revocó el mandato parlamentario de los cinematográficas y audiovisuales, favoreciendo el acceso congresistas, manteniéndose en funciones la Comisión de la ciudadanía a ellas. Permanente; g. Promover la imagen del Perú a nivel nacional Que, la Constitución Política del Perú establece en el e internacional, a través de obras cinematográficas y inciso 8 de su artículo 2, el deber del Estado de propiciar audiovisuales, así como promover el territorio nacional el acceso a la cultura y fomentar su desarrollo y difusión, como espacio propicio para la producción audiovisual. con la finalidad de garantizar el ejercicio de la ciudadanía h. Promover la igualdad de derechos y oportunidades de la libertad de creación intelectual, artística y técnica; entre mujeres y hombres que participen en la actividad Que, la actividad cultural es un factor fundamental cinematográfica y audiovisual. del desarrollo humano sostenible que contribuye al crecimiento de la economía creativa y al desarrollo de las Artículo 3. Ámbito de aplicación industrias culturales y creativas en el país; Que, en dicha línea, la actividad cinematográfica y 3.1 La presente norma es de aplicación a las audiovisual es considerada a la vez una forma de expresión personas naturales y/o jurídicas vinculadas a la actividad artística y una actividad productiva, una industria cultural cinematográfica y audiovisual. tradicional y una industria creativa innovadora; 3.2 La actividad audiovisual comprende todas las Que, en el año 2019, la actividad cinematográfica acciones destinadas a la creación, producción, difusión, y audiovisual ha presentado una desaceleración en promoción, formación de públicos y preservación de obras su crecimiento y desarrollo, poniendo en riesgo su audiovisuales, así como a su estudio e investigación; dinamismo, así como la circulación e inserción de obras siendo éstas enunciativas más no limitativas. cinematográficas y audiovisuales en el mercado nacional, 3.3 La actividad cinematográfica comprende el y la competitividad de la actividad; conjunto de acciones específicas destinadas a la creación, Que, los objetivos planteados por el Poder Ejecutivo producción, difusión, promoción, formación de públicos y para el año 2021, vinculados a la conmemoración del preservación de obras cinematográficas, así como a su Bicentenario de la Independencia del Perú, hacen estudio e investigación; siendo éstas enunciativas más no necesaria la aprobación de medidas que atiendan la limitativas. preservación del patrimonio audiovisual; Que, asimismo, se ha presentado una proliferación Artículo 4. Obras cinematográficas y audiovisuales de normas con marcos transitorios y condiciones peruanas diferentes para el fomento de la actividad cinematográfica y audiovisual, que vulnera la seguridad jurídica y la 4.1 Para los efectos de la presente norma, se considera predictibilidad de la acción del Poder Ejecutivo hacia la como peruana la obra cinematográfica y audiovisual que ciudadanía, de tal forma que para el año 2020 se proyecta reúna, de manera concurrente, las siguientes condiciones: una desaceleración en el crecimiento de la actividad y el aumento en la pérdida de bienes culturales que integran a. Debe ser producida o coproducida por una o más la memoria audiovisual del país; personas naturales de nacionalidad peruana o por una o Que, a efectos de brindar una mayor garantía en el más personas jurídicas constituidas en el Perú. ejercicio de dichos derechos, y evitar la desaceleración en b. Debe ser dirigida o codirigida por un/a director/a de el crecimiento de la actividad, resulta prioritario aprobar nacionalidad peruana. medidas enfocadas en reactivar y fomentar la actividad c. El/la guionista o coguionista debe ser de cinematográfica y audiovisual; nacionalidad peruana. En uso de las facultades conferidas por el artículo 135 d. La música compuesta o arreglada para la obra de la Constitución Política del Perú; cinematográfica o audiovisual debe ser realizada por Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, compositor/a o arreglista de nacionalidad peruana. Con cargo de dar cuenta a la Comisión Permanente e. Debe ser realizada mayoritariamente por equipos para que lo examine y lo eleve al Congreso, una vez que artísticos y técnicos integrados por personas de ésta se instale: nacionalidad peruana y/o extranjeros/as que residan en el país. DECRETA: 4.2 Las personas de nacionalidad extranjera que Artículo 1.- Objeto residan en el Perú por un plazo igual al requerido para El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto acceder a la nacionalidad, según las normas de la promover la actividad cinematográfica y audiovisual a fin materia, son consideradas como peruanas para efectos de contribuir a su desarrollo integral, sostenido e inclusivo. de la presente norma.
4 NORMAS LEGALES Domingo 8 de diciembre de 2019 / El Peruano 4.3 En el caso de obras cinematográficas y de Cultura aprueba el Plan Anual para el fomento de la audiovisuales peruanas, realizadas total o parcialmente Cinematografía y del Audiovisual (en adelante el Plan). con material de archivo no se toma en cuenta el país de 7.2 En base al derecho de participación ciudadana, origen del referido material. las personas involucradas en la actividad cinematográfica 4.4 Asimismo, se consideran obras cinematográficas y audiovisual pueden contribuir en la elaboración del y audiovisuales peruanas, aquellas coproducciones Plan. Los mecanismos para garantizar su participación internacionales realizadas en el marco de los acuerdos se definirán en el Reglamento del presente Decreto de o convenios bilaterales o multilaterales de coproducción Urgencia. suscritos por el Estado Peruano. 4.5 No pueden beneficiarse de las medidas contenidas Artículo 8. Incentivo para la actividad en la presente norma, las obras cinematográficas y cinematográfica y audiovisual regional audiovisuales destinadas a pautas publicitarias, propaganda electoral o en beneficio directo de una organización política. 8.1 Los estímulos económicos se otorgan a nivel nacional, a personas naturales y jurídicas de derecho Artículo 5. Excepciones a las condiciones de las privado de todo el país. Adicionalmente, se reserva como obras cinematográficas y audiovisuales peruanas mínimo entre treinta por ciento (30%) y cuarenta por ciento (40%) del total de los recursos establecidos en el 5.1 El Ministerio de Cultura autoriza, por razones artículo 9 de la presente norma, exclusivamente para las culturales, artísticas o técnicas, excepciones a las postulaciones y proyectos provenientes de los distintos condiciones establecidas en los literales c, d y e del departamentos del país, excluyendo a Lima Metropolitana artículo precedente. El literal b solo se puede exceptuar y Callao, de acuerdo a la proporción de postulaciones en casos de coproducción peruana minoritaria. recibidas por año. 5.2 Para el otorgamiento de dichas excepciones el 8.2 Para ello, debe verificarse que dichos recursos Ministerio de Cultura tiene la responsabilidad de verificar beneficien obras y proyectos desarrollados por el cumplimiento de al menos tres (3) de las condiciones equipos creativos, técnicos y artísticos residentes señaladas en el artículo precedente o que se cumpla preferentemente y mayoritariamente en departamentos con los términos establecidos en un acuerdo bilateral del país, excluyendo a Lima Metropolitana y Callao. Las o multilateral de coproducción suscrito por el Estado condiciones específicas se encuentran establecidas en el peruano, en el que se enmarque la coproducción. reglamento de la presente norma. TÍTULO I Capítulo II ACTIVIDAD CINEMATOGRÁFICA Y AUDIOVISUAL Estímulos para la promoción de la actividad cinematográfica y Audiovisual Capítulo I Artículo 9. Estímulos económicos Fomento de la actividad cinematografíca y audiovisual 9.1 El Ministerio de Cultura se encuentra autorizado a otorgar estímulos económicos a personas naturales de Artículo 6. Fomento de la actividad cinematografíca nacionalidad peruana o personas jurídicas de derecho y audiovisual privado, debidamente constituidas en el país, que participan de la actividad cinematográfica y audiovisual. 6.1 El Estado fomenta la actividad cinematográfica Los estímulos se conceden con cargo a los recursos de y audiovisual de manera descentralizada en el territorio su presupuesto anual institucional, asignando para ello nacional, procurando su desarrollo integral, sostenido e un mínimo de seis mil unidades impositivas tributarias inclusivo. Asimismo, impulsa la creación, producción, (6000 UIT), sin demandar recursos adicionales al Tesoro distribución, preservación y exhibición de obras peruanas Público, pudiéndose disponer de hasta cinco por ciento a nivel nacional e internacional. Adicionalmente, el Poder (5%) de esta asignación para la administración del Ejecutivo coordina con los gobiernos regionales y locales otorgamiento de estímulos. acciones de fomento de la cinematografía y el audiovisual. 9.2 Los criterios objetivos para el otorgamiento de 6.2 El fomento de la actividad cinematográfica y los estímulos, así como el régimen de los mismos y audiovisual consiste en el otorgamiento de estímulos en demás aspectos complementarios necesarios para su el marco de las siguientes finalidades: implementación, son desarrollados en el reglamento de la presente norma. a. El acceso descentralizado a la actividad 9.3 Los estímulos económicos son otorgados a través cinematográfica y audiovisual. de subvenciones aprobadas mediante resolución del b. El desarrollo integral, sostenido e inclusivo de la titular del Ministerio de Cultura, la cual debe publicarse en actividad cinematográfica y audiovisual, impulsando la su portal institucional. El titular del Ministerio de Cultura producción, distribución y exhibición de obras peruanas puede delegar la aprobación de los estímulos económicos en el territorio nacional y en el extranjero. en la Dirección General de Industrias Culturales y Artes o c. La formación, capacitación y especialización a la que haga de sus veces. profesional en materia cinematográfica y audiovisual en el ámbito nacional e internacional. Artículo 10. Estímulos concursables d. El estímulo a la investigación, la difusión y el Los estímulos concursables son destinados a estudio de la actividad cinematográfica y audiovisual, premiar obras y financiar proyectos cinematográficos promoviendo tanto el desarrollo de lenguajes y formas y audiovisuales peruanos de acuerdo a lo establecido de expresión innovadoras, así como la investigación, el en el capítulo V de la presente norma. El Ministerio de desarrollo y la aplicación de nuevas tecnologías. Cultura establece además estímulos para la promoción e. La preservación del patrimonio audiovisual de la de la actividad cinematográfica y audiovisual en lenguas Nación, garantizando su conservación, restauración, indígenas u originarias. archivo y difusión. f. La formación de públicos, promoviendo la afición y la Artículo 11. Estímulos no concursables identificación con la cinematografía peruana. g. El desarrollo de las cinematografías regionales en 11.1 Los estímulos no concursables son destinados todo el país. exclusivamente a las actividades relacionadas a la promoción nacional e internacional de la producción Artículo 7. Plan anual para el fomento de la cinematográfica y audiovisual, a la preservación del actividad cinematografíca y audiovisual patrimonio audiovisual, al fortalecimiento de capacidades y a la formación de públicos. 7.1 Para el otorgamiento de los estímulos enmarcados 11.2 Asimismo, se entregan estímulos no concursables en los artículos 9, 10 y 11 de la presente norma, el Ministerio de reconocimiento a destacadas personas naturales o
El Peruano / Domingo 8 de diciembre de 2019 NORMAS LEGALES 5 jurídicas de la actividad cinematográfica y audiovisual, b. Los proyectos cinematográficos deben contar con o a productos cinematográficos y audiovisuales. No se el reconocimiento previo del Ministerio de Cultura, de pueden otorgar estímulos no concursables para financiar conformidad con los criterios y requisitos establecidos por la producción de obras cinematográficas y audiovisuales. la presente norma y sus normas reglamentarias. Capitulo III 13.7 El Ministerio de Cultura proporciona a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Régimen de incentivos fiscales para la Administración Tributaria (SUNAT) en la forma, plazo y promoción de la actividad cinematográfica condiciones que se establezca mediante el reglamento lo siguiente: Artículo 12. Apoyo económico proveniente de donaciones a. La relación de los titulares de los proyectos cinematográficos que se encuentren inscritos en el 12.1 Para los fines establecidos en el presente Registro Nacional de la Cinematografía y el Audiovisual y, capítulo, se puede otorgar apoyo económico proveniente b. La relación de proyectos cinematográficos que de donaciones de personas naturales y jurídicas de hayan sido reconocidos por dicho Ministerio. derecho privado, las mismas que deben ser aceptadas por el Ministerio de Cultura, de conformidad con lo 13.8 No aplica lo dispuesto en este artículo cuando: establecido en el numeral 70.1 del artículo 70 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema a. Exista vinculación entre las personas naturales Nacional de Presupuesto Público. El titular del Ministerio o jurídicas que efectúen donaciones de dinero y los de Cultura puede delegar la aceptación de las donaciones titulares de los proyectos cinematográficos de acuerdo a en la Dirección General de Industrias Culturales y Artes o lo dispuesto en el inciso b) del artículo 32-A de la Ley del la que haga de sus veces. Impuesto a la Renta y el artículo 24 de su reglamento en 12.2 Una vez incorporada la donación al pliego lo que resulte aplicable. presupuestal del Ministerio de Cultura, el monto donado b. Las personas naturales que efectúen donaciones para un proyecto cinematográfico reconocido es tengan parentesco hasta el segundo grado de entregado como apoyo económico y supervisado por el consanguinidad o hasta el segundo grado de afinidad Ministerio de Cultura conforme al Acta de Compromiso con los asociados de los titulares de los proyectos que se suscribe con el titular del proyecto cinematográfico cinematográficos. objeto de la donación y sujeto a lo previsto en el artículo 16. Un proyecto cinematográfico puede recibir más de 13.9 Mediante decreto supremo se dictan las normas una donación. reglamentarias necesarias para la aplicación de lo 12.3 El apoyo económico a que se refiere el presente dispuesto en este artículo, así como el monto mínimo de artículo es aprobado mediante resolución del titular ejecución de los proyectos cinematográficos. del Ministerio de Cultura, la que se publica en su portal institucional. El titular del Ministerio de Cultura puede Capítulo IV delegar la aprobación de los apoyos económicos en la Dirección General de Industrias Culturales y Artes o a la Formación cinematográfica y audiovisual que haga de sus veces. Artículo 14. Formación cinematográfica y Artículo 13. Donaciones de dinero a los proyectos audiovisual cinematográficos 14.1 El Ministerio de Cultura y el Ministerio de 13.1 Las personas naturales o jurídicas que Educación promueven, en forma articulada y en el efectúen donaciones de dinero para ejecutar proyectos marco de sus competencias, la enseñanza del lenguaje cinematográficos cuyos titulares de proyectos audiovisual y su apreciación crítica desde la educación cinematográficos reconocidos por el Ministerio de Cultura, básica, procurando su uso como medio de aprendizaje y sean asociaciones sin fines de lucro cuyo instrumento de de difusión cultural, y promoción de derechos, facilitando constitución comprenda exclusivamente fines culturales, la creación y formación de públicos con especial énfasis pueden deducir como gasto para la determinación del en niños, niñas y adolescentes. Impuesto a la Renta, hasta el diez por ciento (10%) de 14.2 Asimismo, promueven la formación profesional, la suma de la renta neta del trabajo y la renta de fuente capacitación y especialización de nivel superior dirigido a extranjera o hasta el diez por ciento (10%) de la renta neta artistas, técnicos, profesionales-técnicos y profesionales de tercera categoría, luego de efectuada la compensación en las diversas áreas de la actividad cinematográfica de pérdidas a que se refiere el artículo 50 de la Ley y audiovisual, con especial énfasis en los nuevos del Impuesto a la Renta, según corresponda. Mediante productores. Decreto Supremo, refrendado por el titular del Ministerio de Cultura, se establece la definición o alcances de lo que Capítulo V se entiende por fines culturales. 13.2 Los titulares de proyectos cinematográficos Concursos para la actividad cinematográfica y a que se refiere el párrafo anterior deben cumplir con audiovisual lo dispuesto en el inciso b) del artículo 19 de la Ley del Impuesto a la Renta. Artículo 15. Concursos para la actividad 13.3 El gasto a que se refiere el párrafo 13.1 se cinematográfica y audiovisual deduce de la renta neta del trabajo o de la renta bruta de tercera categoría, según corresponda. 15.1 El Ministerio de Cultura convoca a concursos 13.4 La parte del gasto de las donaciones de dinero relacionados con la actividad cinematográfica y que exceda el límite previsto en este artículo no puede audiovisual, con el propósito de promocionar y difundir ser deducido al amparo del inciso b) del artículo 49 o del las obras y proyectos como manifestaciones artísticas inciso x) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta, y creativas, que coadyuven al desarrollo cultural y a la según corresponda. revaloración de nuestra diversidad cultural. Los concursos 13.5 Para la aceptación y otorgamiento de la donación son anuales y se premian mediante estímulos económicos. se aplica lo dispuesto en los artículos 12 y 16. 15.2 El Ministerio de Cultura también organiza 13.6 Para efecto de lo dispuesto en este artículo se concursos de proyectos de gestión cultural, formación e deben cumplir los siguientes requisitos: investigación aplicada a la actividad cinematográfica y audiovisual. a. Los titulares de los proyectos cinematográficos 15.3 En todos los casos, el fomento a la producción de deben estar inscritos en el Registro Nacional de la óperas primas y la participación de los nuevos creadores Cinematografía y el Audiovisual a cargo del Ministerio de y gestores de la actividad cinematográfica y audiovisual Cultura. se consideran prioritarios.
6 NORMAS LEGALES Domingo 8 de diciembre de 2019 / El Peruano Artículo 16. Supervisión de los estímulos y apoyos país se mantienen en todas sus funciones previamente otorgados pactadas, de conformidad con lo establecido en las cláusulas del contrato. 16.1 El Ministerio de Cultura supervisa el cumplimiento 19.3 Las condiciones comerciales para la exhibición de los compromisos adquiridos por los beneficiarios de los de obras cinematográficas y audiovisuales se pactan estímulos económicos y apoyos económicos otorgados de común acuerdo entre las partes que suscriben el conforme a la presente norma. documento contractual. 16.2 En caso de advertirse el incumplimiento de obligaciones por parte de los beneficiarios en cuanto a Artículo 20. Promoción de la exhibición alternativa los compromisos asumidos, el Ministerio de Cultura tiene la facultad de suspender la entrega de los estímulos 20.1 Las salas de arte y ensayo, cinematecas, económicos o apoyos económicos, y/o requerir su cineclubs y otros espacios de exhibición alternativa, devolución; sin perjuicio de aplicar las sanciones debidamente registrados y acreditados por el Ministerio correspondientes. de Cultura pueden acceder a estímulos económicos. Para 16.3 Asimismo, el Ministerio de Cultura establece ello, deben remitir periódicamente al Ministerio de Cultura mecanismos para la rendición de cuentas de los estímulos su programación actualizada, por ser ésta la entidad que económicos y apoyos económicos otorgados a favor de tiene la potestad de retirar la acreditación respectiva si personas naturales o jurídicas de derecho privado en el determina que no cumplen con los fines correspondientes. marco de la presente Norma, así́ como para la evaluación 20.2 Asimismo, el Ministerio de Cultura puede otorgar por parte de dicho Ministerio de los resultados alcanzados estímulos económicos a los festivales cinematográficos. y los beneficios generados por el otorgamiento de dichas Las condiciones y criterios objetivos para el otorgamiento subvenciones. de dichos estímulos se establecen en el reglamento de la 16.4 El Ministerio de Cultura publica, semestralmente, presente norma. en su portal institucional, la relación de los beneficiarios de los estímulos económicos y apoyos económicos Artículo 21. Archivo cinematográfico y audiovisual otorgados conforme a la presente norma. El Ministerio de Cultura cuenta con un archivo destinado a la custodia de obras cinematográficas y audiovisuales Capítulo VI peruanas denominado “Cinemateca Peruana”, a fin de evitar su deterioro, destrucción o pérdida, garantizando Promoción de la producción cinematográfica y con ello la conservación, recuperación y exhibición del audiovisual patrimonio audiovisual de la Nación, en cualquier medio o plataforma. Artículo 17. Promoción internacional de la producción cinematográfica y audiovisual en el Artículo 22. Plataformas digitales de distribución territorio nacional cinematográfica 17.1 El Ministerio de Cultura y el Ministerio de 22.1 El Ministerio de Cultura puede incentivar la creación Relaciones Exteriores, en el marco de sus competencias, y circulación de obras cinematográficas y audiovisuales en el realizan acciones de promoción internacional de la entorno digital a través del otorgamiento de estímulos en el producción cinematográfica y audiovisual nacional, marco de lo establecido en el artículo 9. impulsando su presencia en eventos internacionales. De 22.2 La distribución de obras cinematográficas y igual manera, promueven condiciones favorables para audiovisuales que se realice a través de plataformas la producción cinematográfica y audiovisual nacional y digitales, cuyo consumo final tenga lugar en el territorio extranjera en el Perú. nacional, se regula de acuerdo a lo previsto en las normas 17.2 La Comisión de Promoción del Perú para la específicas peruanas. Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, promueve el uso de locaciones del territorio nacional para la producción TÍTULO II de obras cinematográficas y audiovisuales nacionales y extranjeras. FISCALIZACIÓN E INFRACCIONES Y SANCIONES Capítulo VII Capítulo I Promoción, difusión y exhibición de obras Potestad fiscalizadora y sancionadora cinematográficas y audiovisuales Artículo 23. Potestad de supervisión y fiscalización Artículo 18. Televisión pública Las obligaciones que asumen las personas naturales y jurídicas derivadas de la presente norma, o su 18.1 El Ministerio de Cultura, a través del Instituto reglamento, están sujetas a la supervisión y fiscalización Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, coordina a cargo del Ministerio de Cultura, a través de sus acciones de promoción y difusión de la producción y instancias competentes, sin perjuicio de las competencias desarrollo de la actividad cinematográfica y audiovisual y funciones que tiene el órgano de control institucional del en todo el territorio nacional. Asimismo, el IRTP puede Sistema Nacional de Control. participar como productor o coproductor de obras cinematográficas y audiovisuales. Artículo 24. Potestad sancionadora del Ministerio 18.2 El IRTP promueve de forma permanente de Cultura espacios de difusión, estudio y debate de las obras El Ministerio de Cultura, creado mediante Ley 29565 cinematográficas y audiovisuales peruanas, de acuerdo y como responsable de todos los aspectos culturales a sus criterios de programación y la disposición de los del país, ejerce potestad sancionadora en concordancia derechos respectivos. con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Artículo 19. Derecho de acceso a la exhibición aprobado por Decreto Supremo 004-2019-JUS. La comercial y estreno potestad sancionadora se ejercerá mediante los órganos que establezca el Reglamento de la presente norma. 19.1 La exhibición de toda obra cinematográfica y audiovisual en territorio nacional a través de cualquier medio Capítulo II o plataforma se formaliza mediante documento contractual suscrito con el titular de los derechos de utilización de ésta, Régimen general de infracciones y sanciones en el que se precise de común acuerdo las condiciones comerciales para el estreno y exhibición de la obra. Artículo 25. Infracciones 19.2 Las obras cinematográficas y audiovisuales Constituyen infracciones aquellas transgresiones a peruanas que se estrenen en salas de exhibición del las disposiciones contenidas en la presente norma y su
El Peruano / Domingo 8 de diciembre de 2019 NORMAS LEGALES 7 reglamento, por parte de personas naturales o jurídicas, productora, la empresa distribuidora y la empresa sea por acción u omisión, entre ellas, las siguientes: exhibidora. Solo se consideran inscritos las personas naturales a. Infracción leve: y jurídicas, contratos, obras y proyectos que presenten la constancia de inscripción en el presente registro. El 1. El retraso injustificado en el cumplimiento de las Ministerio de Cultura tiene un plazo de quince (15) días obligaciones enmarcadas en los documentos suscritos hábiles para emitirlo u observar la solicitud. para la obtención de estímulos y apoyos económicos. La solicitud y trámite a efectos del registro se 2. Otras que establezcan el Reglamento realizan conforme a lo establecido en la reglamentación pertinente. El proceso de inscripción al presente registro b. Infracción grave: no constituye un procedimiento administrativo. 1. La reiteración del retraso injustificado en el SEGUNDA. Estímulos a las artes y las industrias cumplimiento de las obligaciones enmarcadas en los culturales documentos suscritos para la obtención de estímulos y Cada año el Ministerio de Cultura otorga estímulos apoyos económicos. económicos a personas naturales y jurídicas de derecho 2. Otras que establezcan el Reglamento privado, debidamente constituidas en el país, cuyas actividades se desarrollan en el ámbito de las artes y las c. Infracciones muy graves: industrias culturales. Los estímulos pueden ser concursables o no concursables y se otorgan con cargo a los recursos del 1. La comprobación de fraude o falsedad en la presupuesto institucional asignándose para ello un mínimo declaración, información o en la documentación de mil Unidades Impositivas Tributarias (1000 UIT). Se puede presentada para el otorgamiento de estímulos y apoyos destinar hasta el cinco por ciento (5%) de esta asignación económicos. para la administración del otorgamiento de los estímulos. No 2. El incumplimiento injustificado de las obligaciones pueden otorgarse estímulos para la actividad audiovisual y enmarcadas en los documentos suscritos para la cinematográfica con cargo a los recursos establecidos en la obtención de estímulos y apoyos económicos. presente disposición. 3. Otras que establezcan el Reglamento Los estímulos no concursables están reservados exclusivamente a las actividades relacionadas a la Artículo 26. Sanciones promoción nacional e internacional de las artes y las industrias culturales, al fortalecimiento de capacidades 26.1 El Ministerio de Cultura aplica las sanciones que y a la formación de públicos. Los criterios objetivos para correspondan en base a criterios de proporcionalidad el otorgamiento de los estímulos, así como el régimen teniendo en consideración la gravedad de los hechos y el de los mismos, se establecen en su propio reglamento. perjuicio ocasionado, siendo estas las siguientes: Asimismo, pueden entregarse estímulos directos de reconocimiento a destacadas personas naturales y a. Multa hasta cinco (5) UIT, cuando se trata de jurídicas en las artes y las industrias culturales. infracciones leves. Los estímulos económicos a que se refiere la presente b. Multa mayor a cinco (5) UIT y hasta veinte (20) UIT, disposición son otorgados a través de subvenciones cuando se trata de infracciones graves. aprobadas mediante resolución del titular del Ministerio de c. Multa mayor a veinte (20) UIT hasta cincuenta (50) Cultura, la cual debe publicarse en su portal institucional. El UIT e inhabilitación temporal de la persona jurídica o natural titular del Ministerio de Cultura puede delegar la aprobación para acceder a los beneficios de la presente norma desde de los estímulos económicos a la Dirección General de un (1) año hasta por un plazo máximo de diez (10) años, Industrias Culturales y Artes o la que haga de sus veces. cuando se trate de infracciones muy graves; sin perjuicio de Lo dispuesto en el artículo 16 resulta aplicable a los las acciones judiciales que se deriven de los hechos. estímulos económicos otorgados a favor de personas naturales y jurídicas privadas en el marco de la presente 26.2 La aplicación de las sanciones previstas en disposición, así como para la evaluación por parte de dicho el presente artículo, los criterios de graduación de las Ministerio de los resultados alcanzados y los beneficios sanciones, así como las medidas de carácter provisional generados por el otorgamiento de estos estímulos que resulten aplicables, son desarrollados en el económicos. reglamento de la presente norma. Los estímulos económicos indicados anteriormente se otorgan teniendo en consideración la necesidad de Artículo 27. Refrendo descentralizar la actividad de las industrias culturales y artes El presente Decreto de Urgencia es refrendado por en el país, pudiendo reservarse para ello recursos para los el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de proyectos postulados desde distintos departamentos del Economía y Finanzas y el Ministro de Cultura. país, excluyendo a Lima Metropolitana y Callao. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES TERCERA. Promoción del cine indígena u originario PRIMERA. Creación del Registro Nacional de la El Ministerio de Cultura promueve la creación, Cinematografía y el Audiovisual producción y difusión del cine indígena u originario del Créase el Registro Nacional de la Cinematografía y Perú, mediante el otorgamiento de incentivos establecidos el Audiovisual a cargo del Ministerio de Cultura, como en el artículo 9 de la presente norma. instrumento de inscripción de las personas naturales o Entiéndase como cine indígena u originario, cuando jurídicas que desarrollen actividades cinematográficas cualquiera de los sujetos intervinientes en la producción, y audiovisuales en el Perú, así como los contratos que elementos de los contenidos de la obra o etapas de su versen sobre las mismas. La inscripción en el registro realización, así como el uso de la lengua, sea indígena u constituye requisito previo para acceder a los beneficios originario y folklore. señalados en la presente norma. CUARTA. Personas jurídicas y naturales inscritas En el Registro Nacional de la Cinematografía y el en el Registro Cinematográfico Nacional Audiovisual se inscriben los proyectos cinematográficos Las personas jurídicas y naturales inscritas en el Registro que pueden ser susceptibles de recibir las donaciones a Cinematográfico Nacional son incorporadas automáticamente que se refiere el artículo 13 de esta norma, adquiriendo el al Registro Nacional de la Cinematografía y el Audiovisual, reconocimiento del Ministerio de Cultura con la inscripción. pudiendo actualizar sus datos de ser necesario. Con la Asimismo, pueden registrarse obras cinematográficas, entrada en vigencia de la presente norma, queda sin efecto el peruanas o extranjeras, debiéndose incluir, entre otros Registro Cinematográfico Nacional. aspectos que defina el reglamento de la presente norma; la recomendación correspondiente en cuanto a la QUINTA. Financiamiento calificación mínima por edad para su exhibición pública, El cumplimiento de la presente norma se financia la cual es determinada previo acuerdo entre la empresa con cargo al presupuesto institucional de las entidades
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